El derecho de juzgar


España sobre China; Argentina, Cuba y otros casos para polemizar


Hace tiempo que la polémica emerge con sordina. No admite respuestas fáciles. Veamos: ¿Tiene derecho el poder de un Estado para juzgar lo ocurrido en otra Nación? El dilema no se resuelve ateniéndose a la descripción genérica del modo de gobierno de tal o cual país; pues si nos adentramos en esa lógica, lo que es bueno para uno, debería serlo para otro.


Es innegable: cuando se registraron los primeros avances, en los años 90, del juez hispano Baltasar Garzón sobre genocidas de nuestro país, la satisfacción invadió a quienes denunciaban, con razón, la impunidad instalada en un Poder Judicial local cómplice de la dictadura y además amparado por un Poder Ejecutivo anhelante de barrer bajo la alfombra los delitos cometidos.

Sin embargo, surgieron voces de preocupación. La más notable fue la de Fidel Castro: el legendario líder cubano indicó que ningún país tenía derecho a entrometerse en la soberanía jurídica y política de otro. El criterio es ostensible: por un lado, la aseveración directa es un argumento; por otro, sabemos que para la “democracia” española resultan tan condenables la dictadura en la Argentina… como la administración revolucionaria isleña. 

Veamos entonces la información de actualidad para entender la dimensión del problema. Fíjese lector: La Justicia española ordenó hoy la búsqueda y captura del ex presidente de China, Jiang Zemin, y otros cuatro ex líderes de ese país, por delitos de genocidio, tortura y lesa humanidad en el Tíbet durante las décadas de los 80 y 90.

De esta manera el juez cumple con el proceso establecido, ya que la sección cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional lo instó en noviembre pasado a que cursara las órdenes de detención de los cinco. El caso ya provocó en noviembre una crisis diplomática entre los gobiernos chino y español; Beijing había expresado su "profundo malestar", advirtiendo que dañaría las relaciones bilaterales.

Esto genera otro conflicto para el Ejecutivo español, ya que el oficialista Partido Popular (PP) busca impulsar en el Parlamento una reforma de la jurisdicción universal que llevaría al archivo de la mayoría de las causas de este tipo que están abiertas en la Audiencia Nacional. El juez de la Audiencia Nacional española Ismael Moreno consideró a Jiang, de 87 años de edad, es responsable de esos delitos por su papel de "autoridad de supervisión" sobre quienes los cometieron directamente contra la población tibetana, informó la agencia de noticias DPA.

"Jiang Zemin ejerció autoridad de supervisión sobre las personas que cometieron de forma directa los abusos propiamente dichos, lo que lo hace responsable de actos de tortura y otros importantes abusos de derechos humanos perpetrados por sus subordinados contra la población tibetana", señala la querella que ahora el juez reproduce en el auto para decretar la prisión del expresidente.

Además de la detención de Jiang, el juez ordenó, vía Interpol, la detención de Li Peng, primer ministro chino a fines de los años 80 y principios de los 90; Qiao Shi, ex jefe de la seguridad china y responsable de la policía; Chen Kuiyuan, secretario del Partido Comunista de China en Tíbet entre 1992 y 2001; y Peng Pelyun, ministra de Planificación Familiar en los años 80 del siglo XX.

Los cinco buscados se encuentran en paradero desconocido, indica el juez en los respectivos autos en los que decreta su busca y captura y su orden internacional de detención, informó por su parte la agencia de noticias EFE. Las órdenes de detención de los ex dirigentes chinos, se producen un día antes de que el Congreso de los Diputados español debata una proposición para restringir las condiciones en las que un juez español puede investigar delitos cometidos fuera del territorio nacional.

De aprobarse esta propuesta de ley, afectaría a este caso en el que la querella fue interpuesta por el Comité de Apoyo al Tíbet, la Fundación Casa del Tíbet y el sherpa Thubten Wangchen, de nacionalidad española. Según la querella, que el juez reproduce en los autos, Jiang, quien fue presidente de China entre 1993 y 2003, "sometió a los tibetanos de forma indiscriminada a políticas de planificación familiar que incluían la práctica extendida de abortos y esterilizaciones forzosas".

Hasta ahí la noticia. Pensemos: es claro que la carga conceptual humanitaria refuerza el sentido de la determinación española, pero en modo alguno el derecho de ponerse al hombro el conjunto de los crímenes acaecidos en el planeta. Y resulta innegable que las acciones de China, contrastantes con políticas centrales de la OTAN y los Estados Unidos, parecen contribuir al marco político general que explica la enérgica decisión ibérica. 

Energía que no ha mostrado la Justicia española a la hora de calibrar los asesinatos del franquismo, por ejemplo, que a su vez están siendo ventilados en la Argentina con la bandera -corroborable- de ciudadanos de nuestro país caídos bajo ese régimen autoritario. Y ya que estamos en el terreno universal, energía tampoco evidenciada para meter las narices en los crímenes cometidos por las administraciones norteamericanas, republicanas y demócratas, contra naciones del Medio Oriente, o en Guantánamo, sede mundial de las violaciones a los derechos humanos.

En suma, un tema complicado. A quién se juzga, cuándo y por qué, y quién tiene derecho a hacerlo. Repudiar los delitos no implica habilitar a poderes cuya determinación está más cerca de lo político – económico que de una pasión por la Justicia, a indagar la vida interior de países que poseen otros rumbos, otras realidades geoestratégicas, otros valores y otros poderes judiciales. La observación de Fidel, aunque duela a la hora de atisbar algunas situaciones locales, se abre camino, más de una década después, con mucha potencia y bastante verdad. 

* Director La Señal Medios – Area Periodística Radio Gráfica